El Defensor del regatista ampara la reclamación de García de Soto en la Copa de España de snipe
Durante la celebración del la Copa de Espala de Snipe, en el Anuncio de Regatas del evento la organización ofrecía a los inscritos, con el pago de la inscripción, entre otras cosas el alojamiento durante los días de regatas.
A la confirmación de las inscripciones, y a la petición en ese acto por parte de García de Soto del alojamiento correspondiente ofrecido en el Anuncio, este le fue denegado por la organización.
Ante esta negativa presento ante todos los estamentos que intervenían en la organización de la Copa de España la correspondiente alegación en base a lo indicado en el Anuncio de regatas vigente, alegación que fue ignorada por todos ellos, por lo que en defensa de sus derechos, ante la indefenion de los mismos por silencio de los organizadores, acudió al Defensor del Regatista.
Este, tras el estudio de la exposición de los hechos presentados en la alegación realizada por García de Soto emite en el escrito de contestación su opinión de que la RFEV deba conminar al comité organizador de la Copa España de Snipe para que realice un ingreso en la cuenta de Caritas propuesta por el reclamante, de la cantidad que le hubiese costado las tres noches de hotel a la tripulación. En caso de no hacerlo, la RFEV debería informar al comité organizador de su descontento por esta circunstancia, y advertirles seriamente para que se presten la debida atención al redactado de los anuncios de regatas de futuros campeonatos y que deben tener en cuenta que si los regatistas deben cumplir escrupulosamente las reglas y condiciones que la organización les impone, mas aun debe cumplir la organización en las reglas y condiciones que le afecten a ella.
Con este escrtito el Defensor del Regatista ampara completamente las alegaciones presentadas por el recurrente ante los organizadores de la Copa de España de Snipe por el incumplimiento del Anuncion de regatas del evento
Al Defensor del Regatista
RFEV
Luis de Salazar 9
28008 Madrid
Muy Sr mio:
Ante la indefensión en que me encuentro por los hechos ocurridos durante la pasada Copa de España de Snipe celebrada en Santander, en la que no me fue concedido el alojamiento indicado en el Anuncio de Regatas, y tras la petición realizada a todos los organismos involucrados en el evento por dicha negativa y de los que hasta la fecha no he recibido ninguna contestación, solicito de ese Defensor del Regatista se defiendan los derechos que me corresponden en base a los sucedido en la Copa España de Snipe, y que expongo a continuación
Durante los días 1 y 4 de Abril se celebro en Santander la Copa España de la clase Snipe organizado por el Real Club Marítimo Santander y la Real Federación Española de Vela con la colaboración del la Federación Cantabra de Vela y la Secretaria Nacional de la Clase Snipe
Para participar en dicho evento era necesario el pagar unos derechos de inscripción.
De acuerdo con el anuncio de Regatas de dicho evento deportivo Nacional, cuya copia adjunto, el pago de los derechos, según indica dicho Anuncio de Regatas, que es el contrato entre la Organización y los participantes, en su Artículo 5,2 el A. R. incluía, alojamiento para tres días, actos sociales y picnic durante los días de regata. Los derechos de inscripción eran de 100 Euros, para Absolutos y Féminas. Siendo la fecha limite de inscripción el 14 de marzo de 2009.
Fecha que el Anuncio de Regatas indica taxativamente y sin ningún tipo de error, ni de rectificación posterior, que la fecha limite de inscripción es el día 14 de marzo de 2009, es decir hacia un año que estaba cerrada la inscripción para la Copa España, por lo que nadie pudo inscribirse dentro del plazo marcado por el A.R.
En el articulo 5,5 del Anuncio de Regatas dice “La fecha limite de inscripción será el 14 de marzo de 2009”. Fecha totalmente imposible de cumplir, ya que dicha fecha es muy anterior a la fecha de publicación del citado Anuncio de Regatas, por lo que seria se recomendase a los organizadores y a la RFEV un poco de competencia y seriedad al redactar, como organización y luego al comprobar – como obligación que ella misma impone – los Anuncios de Regata
El Anuncio de Regatas se redacta por la Organización del evento con mucha anticipación al mismo, al ser una Copa de España obligatoriamente debe ser aprobado por la RFEV antes de hacerse publico, existiendo un director de competiciones que tiene la obligación de revisarlo y aprobarlo.
El Anuncio de Regatas que adjunto es el que ha estado en vigor durante la Copa España Snipe, redactado por el RCMS y la RFEV como organización de la Regatas y que se publico después de la aprobación del mismos por la propia RFEV, que como tal exige sus aprobación, dando con esta por buena todos sus artículos, sin que posteriormente se realice modificación alguna a los mismos, como son los derechos de inscripción , los que adquieren los participantes con ellos y la fecha limite para la misma que la sitúa en el 14 de marzo de 2009. Lo que dice muy poco de la diligencia de estos organismos a la hora de redactar las cláusulas del evento que obliga a los organizadores ante los deportistas
Como indica D. Carlos Pena Cardenal, insigne Juez y Jurado de vela, de reconocido prestigio tanto nacional como Internacional en el mundo de la vela en su libro “Como organizar una regata. Como evitar una descalificación” en su Capitulo II, DEL ANUNCIO DE REGATAS, y que por su clara exposición e importancia transcribo literalmente (sic) “Es de verdadera importancia la forma como se redacta este “Anuncio”, que como bien dice Franz Beaumont, “es el contrato que une a los participantes con el Club Organizador” y añade “de la misma manera como un contrato comercial bien redactado evita posibles pleitos entre las partes contratantes, pues quien lo redacto previo las cuestiones que podrán surgir, también el “Anuncio” de Regatas evita posibles reclamaciones si el mismo se ha redactado con cuidado””.
En el RRaV la regla “85 REGLAS QUE RIGEN
En la conducción y enjuiciamiento de las regatas. La autoridad organizadora, el comité de regatas y el comité de protestas se regirán por las reglas”
Y la regla 89,2 dice: “89,2 Anuncio de regatas; Nombramiento de Comités
La autoridad Organizadora publicara un Anuncio de Regatas que se ajuste a la regla J1”
El Anuncio de Regatas puede modificarse siempre que se notifique de forma adecuada”
Lo que indica claramente que la modificación al A.R. esta permitida por el RRaV, la que hubiese sido muy fácil de realizar, pero que en este caso no se hizo.
La total responsabilidad de redactar el Anuncio de Regatas es de la organización del evento y por tanto de la RFEV como organizadora del mismo, con la facultad de establecer muchos derechos y obligaciones que le permite la regla J1 del Reglamento de Regatas a Vela.
En ningún caso es obligatorio que el Anuncio de regatas estableciese que se daría alojamiento a los regatistas, sin embargo así se hizo libremente y voluntariamente en el Anuncio de regatas de la Copa España de Snipe y por ello la organización estaba obligada a darlo
En base al Anuncio publicado decidí acudir a la Copa España de Snipe, realizando los trámites necesarios para inscribirme.
Inscripción que realice inicialmente el día 12 de marzo en el propio Club, en donde tuve que utilizar una hoja de inscripción de toda la temporada 2010, pues no había en el club
ninguna hoja oficial de inscripción de la Copa España, en la que indico el motivo de hacerlo en este impreso, posteriormente, cuando consigo el impreso oficial entrego este en las oficinas del Club. Por cierto cuando lo estoy entregando escucho una conversación telefónica de alguien de fuera de nuestra provincia que esta solicitando en ese momento alojamiento y que desde luego se le dio.
Cuando el día 1 de Abril ratifico mi inscripción de acuerdo con el A.R. y tras presentar toda la documentación solicita en el mismo, pido mi alojamiento. En ese momento solo me comunican en la mesa de la inscripción, que como soy de Santander no tengo alojamiento, no haciéndome ningún otro comentario, a los que les respondo que eso no aparece en ningún apartado del Anuncio de Regatas en vigor, por lo que me ratifico nuevamente en mi petición de alojamiento.
La redacción de Anuncio de regatas no es una cosa nimia, si no se quería que los participantes del lugar tuviesen derecho al alojamiento, que los hubiesen indicado en el Anuncio de Regatas. Nuestro idioma es claro y permite esta redacción sin dificultad, es tan sencillo como haberlo puesto en el Anuncio de Regatas.
Si se pretendía otra cosa distinta de lo que dice el A.R. en su clara redacción, no puedo quedar afecto por la incompetencia de quien lo redacto y de aquellos que lo revisaron. Lo que el anuncio dice debe cumplirse
Ante la falta de contestación sobre mi petición de alojamiento, en ese momento entrego un escrito dirigido a todos los organismos implicados en el Evento, por lo que su conocimiento no excluye a ninguno de ellos.
Esta entregas, que iban dirigidas a todas las instituciones que tenían que ver con el Evento, las hice en propia mano con acuse de recibo a los organismos que estaban presentes, el RCMS y la Secretaria Nacional de la Clase Snipe, y por mail a la RFEV y a la FCV, cuyas copias de todos los envíos adjunto.
Escritos de los que hasta el momento no he recibido contestación alguna por parte de los organismos citados; RCMS, RFEV, FCV y Secretaria Nacional Clase Snipe.
Ante la grave indefinición en que me encuentro, acudo a la figura del Defensor del Regatista para que mis derechos, los indicados voluntariamente por los organizadores en su Anuncio de Regatas de la Copa España de Snipe no se vean vulnerados, y como no se me puede dar ya el alojamiento que incluía los derechos de inscripción, se me devuelva el importe satisfecho por mi en inscripción para la Copa España de Snipe, ya que no se han cumplido por parte de los organizadores del evento con las obligaciones por ellos contraídas en su Anuncio de regatas
Solicitando que dicha devolución sea ingresada en la cuenta de Caritas Española para ayuda a sus necesidades.
A la espera de sus prontas noticias
Atentamente
Santander a 6 de Julio de 2010
Fdo: José Francisco García de Soto y de la Roza
Adjunto
Doc nº 1 Escrito recibido por el RCMS
Doc nº 2 Escrito Recibido por la Secretaria Nacional clase Snipe
Doc nº 3 Mail a la RFEV
Doc nº 4 Mail a la FCV
Doc nº 5 Anuncio Regatas Copa España
Doc nº 6 Incripcion dia 12 de marzo en impreso temporada 2010
Doc nº 7 Carta e inscripción impreso Copa España
CONTESTACIÓN
Apreciado Sr. José Francisco García de Soto.
He estudiado toda la documentación que tengo en mi poder acerca de su reclamación, de la que no tengo porque entrar en sus motivos.
En cuanto a los plazos de inscripción, pienso que la realizada en un formulario general por falta de impreso específico el 12 de marzo 2010 es correcta, y dicho formulario general carecía de casilla ofreciendo la posibilidad de solicitar alojamiento.
Todos estaremos de acuerdo en que el anuncio de regatas y sus modificaciones son leyes que hay que cumplir por todas las partes a las que pueda afectar.
Está claro que la organización se comprometió a facilitar el alojamiento a todos los participantes en la Copa de España de Snipe con la única condición de que lo solicitaran.
Si esa era su intención, la organización debió hacer constar en el anuncio de regata que solo se facilitaría alojamiento a los regatistas domiciliados a más de un determinado número de kilómetros de distancia de la ciudad de Santander, aunque era lo lógico, la organización debe reconocer que no se hizo.
La reclamación del Sr. García de Soto me parece valida, prescindiendo de si la RFEV recibió o no el email que les envió y además hay que tener en cuenta que la propia RFEV era parte de la organización.
Opino que el responsable del incumplimiento del anuncio de regata es el comité organizador de la misma, que supongo dio por sobreentendido que los regatistas de Santander no iban a solicitar alojamiento o bien el anuncio de regata no se redactó como se quería.
Visto todo lo anterior, opino que La RFEV debe conminar al comité organizador de la Copa de España de Snipe 2010 que se celebró en Santander para que realice un ingreso, en la cuenta de Caritas propuesta por el reclamante, de la cantidad que le hubiese costado las tres noches de hotel de la tripulación del Sr. García de Soto. En el caso de no hacerlo, la RFEV debería informar al comité organizador de su descontento por esta circunstancia, y advertirles seriamente para que presten la debida atención al redactado de los anuncios de regata de futuros campeonatos y que deben tener en cuenta que si los regatistas deben cumplir escrupulosamente las reglas y condiciones que la organización les impone, mas aún debe cumplir la organización en las reglas y condiciones que le afecten a ella.
Atentamente.
Miguel Noguer.
Defensor del regatista.