Las verguenzas del CSD y del TAD en los reiterados incumplimientos por parte de la RFEV.
El organismo que en nuestro país debe, o más bien, debería controlar y tutelar que el deporte español cumpla con la legalidad no es otro que el Consejo Superior de Deportes del que depende, aunque digan lo contrario, el Tribunal Administrativo del Deporte
Tristemente ambos dejan mucho que desear en el control de las FFEE. y a buen seguro en el la RFEV, pruebas de ello, las que se quieran…, pero eso sí, habría que ir al contencioso administrativo como así te lo recuerdan en su resoluciones…y ya sabemos lo que ello conlleva.
La Ley el Deporte, de 1990 está completamente obsoleta, pero aun así, hay que cumplirla, y los garantes de su cumplimento son esas dos instituciones, que como antes indico, solo están para lo que les interesa en cada momento, teniendo mucho que ver lo mediática que sea la disciplina deportiva.
El cumplimento de la Ley y de los propios estatutos por parte de las FFEE, en este caso de la RFEV, deja mucho que desear, incumpliendo esta cuanto les viene en gana, amparadas por, el TAD Y EL CSD.
Como ejemplo aquí van unos botones de muestra:
- Antes de dejar la Presidencia de la RFEV, el ínclito Sr. .Pombo, incumpliendo el Código de Buen Gobierno se blindó el contrato que se hizo a sí mismo como Director del Mundial en Santander de la W.S. 2014. En la demanda que interpuso a la RFEV para cobrar el importe del contrato, tuvo que declarar en la vista un alto cargo del CSD, para dar fe de que el CSD no había autorizado el blindaje de ese contrato. Pues a pesar de ello, este organismo, el CSD, que tenía que haber actuado de oficio, no tomó ninguna acción, de las tipificadas por este incumplimiento del Código de Buen Gobierno contra la RFEV
- El sucesor de Pombo, Sr. José Ángel Rodríguez, cuando llego a la presidencia, en la primera Asamblea que realizó dio traslado a los asambleístas de lo realizado por su predecesor en el cargo, explicando el escándalo del auto contratación de Pombo como director del Cto. de Mundo 2014, y de la contratación de la empresa que controlaría la construcción de la Duna de Zahera, que tuvo que ser anulado al no cumplir esta con las condiciones necesarias. Pues bien, todo esto, según nos contaba el Presidente entrante a los asambleístas, lo puso en conocimiento del CSD, el que a pesar de que se había incumplido el Código de Buen Gobierno, cuya sanción tipificada por el CSD era la retirada de la Subvención a la RFEV, el CSD le trasmitió que no iba a tomar ninguna medida por ese hecho, ¡BINGO!
- Para no cansar al lector, en una de las muchas denuncias presentadas al CSD por el incumplimiento de la normativa, para que este diese traslado al TAD para que abriese expediente; el CSD le da traslado del asunto para “los efectos oportunos”, con lo que el TAD no resuelve al desconocer cuales eran esos “efectos oportunos”, total, ¡el uno por el otro, la casa sin barrer! , o bien, en términos futbolísticos, que es lo que prima en este país, ¡tuya mía, Gol del otro!
Durante las elecciones de 2013 el TAD anuló el nombramiento de la Junta electoral, la que a pesar de ello siguió actuando como tal
Y en las últimas elecciones, cuando un miembro de la Gestora, realizó actos contrarios a la normativa electoral, y le pillaron con el carrito del helado, la Junta Electoral lo reconoce, pero en vez de actuar, solamente le da un tirón de orejas por ello, mientras que el TAD y el CSD cuando tienen conocimiento de ese hecho, simplemente le ignoran.
Podíamos repasar muchos más casos similares con respecto a la óptica del CSD y del TAD con relación a los actos de la RFEV, en que siempre acaban desviando el asunto al tribunal de lo Contencioso Administrativo, eso sí, al de Madrid, en el que además del tiempo perdido, siempre acaba pagando las costas el contribuyente.
Desgraciadamente continuara…