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Pesca aprueba el reglamento de la DOP Mexillón de Galicia

El reglamento pretende ajustarse a las prescripciones técnicas actuales publicadas en el Diario Oficial de la UE por el que se registra oficialmente la DOP de este molusco gallego, y fijar el funcionamiento de su Consejo Regulador.

La Consellería de Pesca ha aprobado el reglamento de la DOP Mexillón de Galicia y de su Consejo Regulador. El objetivo de este documento es ajustarse a las prescripciones técnicas actuales publicadas en el Diario Oficial de la UE.
Este es el paso final para que la DOP comience su andadura.
Según recoge el documento, el Consejo Regulador del Mexillón de Galicia será el organismo de gestión y control de la DO cuya denominación oficial será en lengua gallega, si bien al ser el castellano y el gallego lenguas oficiales en Galicia se podrá emplear indistintamente la denominación tanto en un idioma como en otro. El consejo tendrá el derecho de propiedad intelectual de la DOP.
La DOP Mexillon de Galicia ampara al mejillón fresco de la especie Mytilus galloprovincialis que se cultiva en batea.
El mejillón gallego que se someta a procesos de tratamiento tecnológico o conserva podrá ser comercializado con la indicación: “Elaborado con Denominación de Origen Mejillón de Galicia”.